TÍTULO VI.- DISCIPLINA ESCOLAR
Artículo
33.- Se entenderá por falta, el incumplimiento de lo previsto en las
disposiciones contempladas en: la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela, la Ley
Orgánica de Educación, su Reglamento General, la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y
del Adolescente, los Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria y la
correcta práctica de la moral y las buenas costumbres, en lo social y lo
disciplinario.
Las faltas de disciplina de las alumnas, se tipifican de acuerdo a lo
establecido en la Ley
Orgánica de Educación Artículo 10 de las Disposiciones
Transitorias, Derogatoria y Final, en concordancia con la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y
del Adolescente, Artículo 57 y estas Normas de Convivencia Escolar.
Artículo 34.- Faltas Leves De Las Estudiantes
1.- Retrasar, sin motivo justificado, su
entrada a clases.
2.- Consumir alimentos, bebidas, goma de mascar,
etc. dentro del salón de clases o mientras se da alguna instrucción.
3.- Hacer uso, dentro del aula de clases, de
celular o aparatos de comunicación inalámbrica, así como de cualquier equipo de
sonido o juego electrónico, mecánico o de mesa.
Artículo 35.- Faltas Graves De Las Estudiantes
1.- Cometer algún acto de insubordinación o
desobediencia a Directivos, docentes o cualquier persona de la comunidad
escolar. L.O.P.N.A. Artículo 93.
2.- Faltar el respeto, arremeter en forma
verbal o física a cualquier miembro de la comunidad escolar.
3.- Deteriorar intencionalmente las
instalaciones y mobiliario
4.- Perturbar el orden, dentro o fuera del aula
impidiendo el desarrollo armonioso de las actividades académicas.
5.- Manifestar conductas que atentan contra la
integridad física o moral de sus compañeras, dentro del plantel o en cualquier
espacio donde se desarrollen actividades de representación.
6.- Forjar o falsificar documentos,
calificaciones, diario de clases, circulares, evaluaciones, trabajos o cualquier
otro documento, colocando en tela de juicio la responsabilidad propia, de sus
compañeras, o representantes.
7.- Participar de juegos abusivos con agua,
huevos, sustancias nocivas o tóxicas, así como de robo, hurto o vandalismo.
8.- Participar, activa o pasivamente, del
consumo de tabaco, alcohol o droga en cualquiera de sus formas o incitar a su
consumo a cualquier miembro de la comunidad escolar.
9.- Portar armas blancas, de
fuego o contundentes, así como el uso alguno de sus útiles como arma para agredir
a cualquier miembro de la comunidad escolar dentro o fuera del plantel.
10.- Incumplimiento de los deberes establecidos
en el artículo 93 de la L.O .P.N.A.
11.- Irrespeto a los símbolos patrios.
12.- Reincidencia en cualquiera de las faltas a
estas Normas de Convivencia.






0 comentarios:
Publicar un comentario